viernes, 30 de septiembre de 2011

Autorizada compraventa de autos en Cuba

Por Rubicel González
rubicel@ahora.cu
Dirigido a cumplir lo dispuesto en el lineamiento 286, aprobado por el Sexto Congreso del Partido, a partir de este sábado entra en vigor, la compraventa de medios automotores entre particulares. De igual manera, los autos también podrán ser comprados por extranjeros residentes en Cuba o donados entre ciudadanos cubanos.
En adelante, los familiares de quienes dejen el país y sean propietarios de vehículos sin donar o vender, pueden obtener la titularidad del medio. Tal disposición seguirá una escala de prioridad para copropietarios, cónyuges e hijos, y demás familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad.
La norma jurídica se publicó en la edición extraordinaria número 31 de la Gaceta Oficial de la República de Cuba el pasado 27 de septiembre y comprende resoluciones de los Ministerios de Economía y Planificación, Finanzas y Precios; así como del Transporte. Tales disposiciones se pondrán a la venta al pueblo para lo cual deben imprimirse 200 mil ejemplares.
En conferencia de prensa ofrecida en la sede de este sector, según informa el sitio digital Cubadebate, se informó que se podrá adquirir más de un vehículo de motor sin importar el año en que fue fabricado, y el acto de compraventa entre personas naturales se formalizará ante notario público sin necesidad de autorización institucional.
María Esther Reus González, ministra de Justicia y jefa del Grupo Jurídico de la referida Comisión, significó que legalizar la transmisión de la propiedad solo requiere que los interesados presenten en notaría la titularidad del medio de transporte y su certificado de inscripción en el Registro de Vehículos.
Sobre el requisito de acreditar la propiedad del vehículo para los trámites, puede adoptar varias formas como contrato de venta en entidades comercializadoras, sentencia judicial, escritura pública en caso de herencia y otras.
El precio del automovil es fijado por los interesados y declarado ante notario en pesos cubanos. El valor del tributo a pagar es del 4 por ciento del valor del medio, para vendedor y comprador. El primero se basa en impuesto sobre Ingresos Personales y el segundo por concepto de Transmisión de Bienes y Herencias.
Cada coche, en dependencia de la edad y marca, está incluido en una tabla que poseerá el notario con valores mínimos, los cuales servirán de base para calcular el precio cuando el fijado por las partes sea inferior. Los medios de transporte se dividen en tres grupos: hasta cinco años, entre cinco y 15, superiores a 15 años.

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